Las retribuciones para el año 2017 de todo el personal al servicio del sector AGE deberían experimentar un incremento en relación con las vigentes en 2016, en coherencia con las previsiones de crecimiento del PIB elaborado por el Gobierno que lo estima, aproximadamente, en un 3%.

Previo al cálculo de la pérdida del poder adquisitivo de estos últimos años (desde 2010), fijar el compromiso de adoptar la medidas pertinentes para su recuperación paulatina en los sucesivos ejercicios presupuestarios, con su correspondiente incorporación a la masa salarial, en los porcentajes que se acuerden en el seno de la Mesa General de Negociación.

 

Las pagas extraordinarias se percibirán conforme a los derechos retributivos previstos en la legislación vigente (EBEP, y Leyes de Función Pública vigentes en cada territorio). Es decir, las dos a las que tenemos derecho e integras, y a las que está obligada la Administración. 

Incrementar/complementar la cuantía de las pagas extraordinarias del personal funcionario que resultaron del RDL 8/2010 (el del -5%), igualándolas a las retribuciones básicas, superando esa doble escala salarial. Una cuantía/porcentaje idéntica debería servir para incrementar las retribuciones del personal laboral, al que se le aplicó el -5% de manera general e inmediata sobre todos sus conceptos retributivos.

Posibilidad de realizar aportaciones adicionales a planes de pensiones destinadas a las contingencias de jubilación y riesgos de los trabajadores (incapacidad, muerte, etc.).

Percepción integra de las retribuciones en todos los supuestos de IT, derogando la actual normativa al respecto (RDL 20/2012).

Recuperar, al menos, el 1% de la masa salarial, para su destino a la Acción Social de las Administraciones Públicas que tanto contribuye a superar situaciones de extrema necesidad y a desarrollar políticas de conciliación.

Para abordar el objetivo de la negociación, implementación y aplicación del IV Convenio Único de personal laboral de la Administración General del Estado, resultará imprescindible la dotación específica de fondos adicionales.