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Categoría: AGE
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El día 30 se ha celebrado reunión de la MGNAGE. Entre los puntos presentados en el orden del día se ha tratado el de la aprobación del I PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL TRABAJO EN LA AGE Y ORGANISMOS PÚBLICOS VINCULADOS A ELLA. El Protocolo ha sido aprobado.

UGT valoramos positivamente este protocolo ya que, por un lado conseguimos una reivindicación de nuestra Organización Sindical, por otro, porque hasta este momento no disponíamos de ninguna herramienta que regulara la dinámica de actuación ante situaciones de violencia en AGE.

El Protocolo unifica distinta normativa existente en la materia, desde la Constitución Española, pasando por la Ley General de la Seguridad Social, Ley de Prevención de Riesgos Laborales, distintas Directivas Europeas, EBEP etc.

Por otra parte recoge las definiciones que de violencia externa nos da tanto la OMS como la OIT, detallándose, si bien no exhaustivamente, situaciones que pueden considerarse como violentas, clasificándolas, además, en función de sus causas.

El Protocolo establece un procedimiento de actuacióndividido en tres fases:

1.- Primera fase: Actuacionesantes de que ocurra el incidente. Medidas proactivas.

Habla directamente de prevención del riesgo. Se obliga a los Departamentos a realizar un diagnóstico de la situación y a adoptar, en su caso, las medidas correctoras que pudieran caber así como a evidenciar las deficiencias que pudieran ponerse de manifiesto tras la evaluación.

2.- Segunda fase: Actuaciones durante la situación de violencia: Medidas activas.

3.- Tercera fase: Actuaciones tras el incidente: Medidas de apoyo a las víctimas.

En esta última fase, -,tras la agresión– se garantiza el apoyo tanto sanitario y rehabilitador como jurídico implicando a los Servicios Jurídicos del Estado u obligando a la contratación de un seguro de responsabilidad que incluya la atención integral al agredido/a, y en ambos casos totalmente gratuito para el trabajador/a.

El Protocolo garantiza la participación de los Delegados de Prevención y Miembros de los comités de Seguridad y Salud (CSS) bien a título consultivo o bien regulando la convocatoria de reunión obligatoria en casos de violencia grave.

Por último comentar que se obliga a los Departamentos a documentar, actualizar y notificar todos los incidentes que se cataloguen como violentos, presentando anualmente una memoria estadística para su incorporación a la Memoria anual de PRL en AGE.

PROTOCOLO